¿ Qué es una cesión de derechos de un crédito hipotecario ?

La cesión de derechos de un crédito hipotecario es la venta de los derechos de cobro del crédito. Usualmente estos créditos se encuentran vencidos, es decir el deudor no ha pagado su crédito por lo cuál normalmente se encuentran en proceso judicial.


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Una cesión de derechos de crédito hipotecario es un acuerdo legal donde un acreedor inicial (cedente) transfiere a un nuevo acreedor (cesionario) los derechos de cobro de la deuda hipotecaria, que incluye el derecho de crédito y la hipoteca como garantía. El deudor (cedido) debe ser notificado de esta transferencia, aunque su consentimiento no siempre es necesario, y su situación no se ve alterada más allá de a quién debe pagar.

Elementos clave

  • Cedente: El acreedor original que transfiere los derechos (por ejemplo, un banco).
  • Cesionario: El nuevo acreedor que adquiere los derechos y las obligaciones del crédito.
  • Cedido: El deudor hipotecario, que sigue siendo responsable del pago de la deuda al nuevo acreedor.

¿Cómo funciona?

  • Transferencia del crédito: El cedente transfiere la titularidad del crédito hipotecario al cesionario. Esto incluye el derecho de cobrar la deuda y la hipoteca que la garantiza.
  • Notificación al deudor: El deudor debe ser informado de que el crédito ha sido cedido, para que sepa a quién debe realizar los pagos a partir de ese momento.
  • Sin alteración de la deuda: La cesión no cambia el monto de la deuda, los términos del préstamo (salvo que sea una subrogación hipotecaria para refinanciar) ni la situación del deudor, más allá de la persona a quien debe pagar.
  • Tipos de cesión

  • Con recurso: El cedente conserva una responsabilidad solidaria. Si el deudor no paga, el cesionario puede reclamarle al cedente original.
  • Sin recurso: El cedente queda liberado de toda responsabilidad. Si el deudor no paga, el cesionario no puede reclamarle nada al cedente original.
  • Ejemplos de cuándo ocurre

  • Venta de cartera hipotecaria: Un banco vende lotes de créditos hipotecarios a otra entidad, como un fondo de inversión.
  • Subrogación hipotecaria: El deudor cambia de entidad financiera para obtener mejores condiciones, transfiriendo la deuda a la nueva institución.
  • Dación en pago: En caso de impago, el deudor puede entregar el inmueble a cambio de la deuda, cediendo el crédito a la entidad financiera.

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    Preguntas frecuentes

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    Somos una empresa privada encargada de la gestión total de créditos hipotecarios o carteras hipotecarias vigentes y vencidas, con las mismas facultades de la institución financiera originadora.

    Liberamos a las empresas financieras de ciertas actividades operativas que implica el seguimiento de este crédito, tal como: recepción de pagos, liberación de escrituras, venta de derechos litigiosos, por mencionar algunos.

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    A partir de que el inmueble se adjudica, se venden los derechos de la propiedad dependiendo de las etapas de regularización en la que se encuentre. Se mencionan tres diferentes condiciones:

    • Propiedad sin escrituras
    • Propiedad con escrituras y sin posesión
    • Propiedad con escritura y toma de posesión

    Cabe mencionar que al ser una administradora de cartera contamos con bienes adjudicados que no necesariamente se encuentran disponibles para entrega inmediata, pero que también representan una excelente opción de inversión. ¡Pregunta por estos inmuebles!​​

    Puedes contactar​ a uno de nuestros ejecutivos para que te muestre las opciones disponibles.

    Contáctanos​ vía correo electrónico​ a: ventas@pendulum.com.mx

    Sí, es posible hacerlo por esta vía, mientras que el inmueble elegido se encuentre disponible para entrega inmediata con su debida escritura.

    Los bienes adjudicados tienen un crédito pendiente por pagar. Lo más probable es que la institución que te otorgará el crédito, requiera que la casa tenga escrituras y se encuentre libre de gravamen; sin embargo, las escrituras de este tipo de casas tienen el gravamen de la hipoteca que no se pagó, lo que obliga a hacer el trámite de adquisición con diferentes técnicas de compra.

    Nuestro personal te asesorará en lo que requieras para facilitar la compra de tu propiedad. Considera que será tu responsabilidad:

    1. Verificar el RPP de cada una de las propiedades seleccionadas.
    2. Verificar los adeudos de predial, agua, adeudos condominales u otros, que son necesarios cubrir como parte del saneamiento del inmueble.
    3. Realizar una verificación de las condiciones físicas en las que se encuentra el (los) inmueble(s).
    4. En su caso, hacer la consulta del expediente judicial.

    Sí, siempre y cuando sea una de las viviendas disponibles para entrega inmediata.

    Con gusto tu ejecutivo te la mostrará mediante una cita.

    Debido a que provienen de una recuperación, en la mayoría de los casos se encuentran aún los residentes en las propiedades.

    Se tiene dos opciones:

    • Intentar negociar con las personas de manera pacífica, con alguna referencia que acredite que tú ahora eres el dueño de esta propiedad.
    • Iniciar un juicio legal para obtener la posesión.

    No. Cuando el cesionario obtiene una cesión, también adquiere la responsabilidad de continuar el proceso a su favor y de la toma de posesión del inmueble.

    Hay carteras propias y carteras administradas por Pendulum.

    Para las carteras propias, indudablemente Pendulum tiene los derechos; de la misma forma en que funge como representante para las propiedades de carteras que administra.

    La entrega de escrituras es una parte del proceso jurídico que debe continuarse a partir de la compra de estos derechos.

    Podrás obtener las escrituras al momento de llegar a esta etapa.

    Sí, es lo más recomendable, ya que necesitas continuar con tu trámite para la obtención de las escrituras.

    En Pendulum te asesoramos para la compra de tu cesión, sin embargo quien te llevará y auxiliará durante todo el proceso jurídico serás tú como nuevo cesionario, apoyándote de un profesional en la materia.

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